Debe tener el mismo trato con los solicitantes de empleo y los empleados actuales, sin importar su país de origen. En general, esto significa que no puede hacer lo siguiente:
La discriminación por país de origen implica tener un trato diferente hacia una persona porque pertenece (o sus ancestros) a cierto lugar o cuenta con las características físicas, culturales o lingüísticas de un grupo de un país de origen en particular. No puede establecer como requisito que los solicitantes o los empleados actuales hablen un idioma con fluidez o lo dominen, a menos que sea necesario para realizar el trabajo de forma eficaz. No puede tomar decisiones laborales en función del acento de una persona, a menos que interfiera gravemente con su rendimiento laboral. La discriminación se puede dar cuando usted y la víctima comparten el país de origen.
No está permitido discriminar a los solicitantes o empleados actuales por los siguientes motivos:
El hecho de tomar una medida laboral como respuesta a las preferencias discriminatorias de los demás, como clientes o compañeros de trabajo, sería un acto de discriminación.
Además, sería discriminatorio tener una práctica o política laboral en particular que aplique a todas las personas, sin importar el país de origen, si afecta de forma negativa a alguien de cierto país de origen. La única excepción sería si puede demostrar que la práctica o política está relacionada con el trabajo y es coherente con la necesidad comercial.
Tenemos el compromiso de ayudarlo a entender sus responsabilidades como empleado. Muchas preguntas sobre sus responsabilidades pueden responderse utilizando el siguiente asesor de elaws (Asistencia sobre leyes laborales para trabajadores y pequeñas empresas):
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